La fijamos, la aumentamos o ejecutamos su cumplimiento con consecuencias reales para quien no paga. Sin importar si hubo matrimonio o unión libre.
Desde fijarla por primera vez hasta hacer valer su cumplimiento cuando no se paga.
Sí. La obligación de alimentos existe independientemente del matrimonio. Si hay hijos en común, el padre o madre que no tiene la custodia está obligado a contribuir, sin importar si hubo matrimonio, unión libre o ninguna relación formal.
Hay consecuencias legales reales: embargo de salario, cuentas bancarias e incluso antecedentes penales por abandono de familia. SIGLEP puede iniciar el procedimiento de ejecución para hacer efectivo el pago de forma coactiva.
Sí. Si cambian las circunstancias económicas de quien paga o las necesidades de quien recibe la pensión, es posible solicitar ante el juez un aumento o una reducción del monto fijado.
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