En México, solo una de cada veinte personas fallece habiendo dejado testamento. Cuando alguien muere sin uno, los bienes no pasan automáticamente al gobierno ni se pierden — la ley establece un orden claro de herederos y un procedimiento para distribuir el patrimonio. Ese proceso se llama sucesión intestamentaria.
¿Quién hereda cuando no hay testamento?
El Código Civil establece un orden de prelación — es decir, quién tiene prioridad para heredar según el grado de parentesco con el fallecido:
- Primer lugar: hijos y cónyuge o concubino/a reconocido
- Segundo lugar: si no hay hijos, los padres del fallecido
- Tercer lugar: hermanos y otros parientes colaterales hasta el cuarto grado
- Último recurso: si no hay ningún familiar con derecho, los bienes se adjudican a la beneficencia pública
Importante: Antes de iniciar cualquier trámite, es obligatorio consultar el Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT) y el Archivo General de Notarías para confirmar que efectivamente no existe testamento.
¿Cómo se tramita?
Existen dos vías, dependiendo de las circunstancias:
Vía notarial
Es posible cuando todos los herederos son mayores de edad, están de acuerdo y no hay conflictos. Es el proceso más rápido y menos costoso. El notario certifica quiénes son los herederos y formaliza la distribución del patrimonio.
Vía judicial
Es necesaria cuando hay menores de edad entre los herederos, existe conflicto entre los interesados, o alguno de los herederos no puede acreditar su parentesco fácilmente. El proceso se lleva ante un Juez de lo Familiar y consta de cuatro etapas formales.
Documentos que generalmente se necesitan
- Acta de defunción del fallecido
- Actas de nacimiento de los herederos
- Acta de matrimonio si aplica
- Documentos que acrediten los bienes del fallecido
- Constancia del RENAT de que no existe testamento
Los tiempos y costos varían significativamente según el estado, el valor del patrimonio y si el trámite es notarial o judicial. Un proceso notarial sin complicaciones puede resolverse en semanas; un juicio intestamentario con conflictos puede extenderse años.
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